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Artículo 19 DETECTIVES PRIVADOS
Los informes emitidos por Castellana Detectives son ratificados ante los Tribunales competentes siempre que el cliente lo estime oportuno.
1. Los detectives privados, a solicitud de las personas físicas o jurídicas, se encargarán: - De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
- De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
- De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.
LEY 23/1992, DE 30 DE JULIO, DE SEGURIDAD PRIVADA (LSP) REAL DECRETO 2364/1994, DE 9 DE DICIEMBRE.
REGLAMENTO DE SEGURIDA PRIVADA (RSP). JURISPRUDENCIA
Los detectives privados son: "medio de prueba, de habitual utilización ya, en ocasiones, instrumento dotado de exclusividad para el eficaz control por el empresario de los deberes exigibles al trabajador".
(Tribunal Supremo. Sentencia de 6 de Noviembre de 1.990).
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